V
Dispositivo
En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar el recurso de apelación interpuesto en fecha 25 de febrero de 2016, por el abogado Tadeo Arrieche Franco, contra la sentencia dictada en fecha 10 de febrero de 2016, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la demanda por cobro de bolívares.
Segundo: Nulo el auto de admisión de fecha 28 de enero de 2011 dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y todas las actuaciones posteriores, inclusive la sentencia de fecha 10 de febrero d.....