Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la Abogada Eugenia María Bulgaris Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 50.294, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadana ALBANY PÉREZ RINCÓN, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad No. V-10.542.713, contra la sentencia dictada en fecha 28 de febrero de 2020, el Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda REVOCADA en todas y cada una de sus partes.