DISPOSITIVA
En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada en fecha 24 de octubre de 2016, por el Tribunal de Distrito del Departamento Civil de Sieradz, Polonia, que decretara la disolución del vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ELOIMAR ROSA BONILLA DE DUDEK y TOMASK MARCIN DUDEK, la primera venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. V-13.711.249, y el segundo de nacionalidad polaca con pasaporte No. AB 4568549.