Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado DANIEL BUVAT, contra la decisión de fecha 12 de junio de 2017, emanada del Juzgado Vigésimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, la cual queda confirmada con diferente motiva.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la intervención como tercera interviniente coadyuvante de la ciudadana ENRIQUETA BESTILLEIRO e INADMISIBLE el fraude procesal denunciado.
TERCERO: Se condena en costa a la parte recurrente por haber sido vencida totalmente en el presente fallo.
Publíquese, regístrese, diarícese y remítase el expediente en su oportunidad legal correspondiente.
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