Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la defensa perentoria opuesta por la representación judicial de la parte demandada, respecto la reposición de la causa al estado de declarar inadmisible la demanda, conforme las determinaciones ut retros.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 22 de junio de 2017, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda confirmada.
TERCERO: SIN LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES (Vía Ejecutiva) intentada por la Soci.....