PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de desafectación de hogar presentado por los ciudadanos GONZALO RODRÍGUEZ ESCALONA, CATALINA BOTTARO de RODRÍGUEZ y GONZALO JAVIER RODRÍGUEZ BOTTARO, suficientemente identificados en el encabezado de la presente decisión, a través de sus apoderados judiciales.
SEGUNDO: DESAFECTADO EL HOGAR, decretado por el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 3 de agosto de 2010 y el cual recayó sobre el siguiente bien inmueble:
"Un (1) apartamento destinado a vivienda, identificado con el número y letra CINCO-D (5-D), ubicado en la quinta (5ª) planta tipo del edificio denominado Roble II, del Conjunto Residencial Los Robles, situado en la Urbanización Los Samanes, en jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda. El mismo tiene una superficie aproximada de ciento diez metros cuadrados (110 m2), consta de las siguientes dependencias: estar-comedor, terraza cubierta con área aproximada de sei.....