Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 03 de marzo de 2022, por el abogado RICARDO ALEJANDRO AVALOS SALAZAR, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil FACTORY SHOES 11, C.A., contra el auto dictado el 24 de febrero de 2022, por el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se deja sin efecto el auto dictado en fecha 04 de marzo de 2022, por el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que oye en el solo efecto devolutivo, el recurso de apelación i.....