Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARGARITA DIAS DE ALMEIDA, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante ciudadanos ARACELIS MARGARITA AGOSTINI DE BOLIVAR, ERNESTO AGOSTINI OQUENDO, GUSTAVO ENRIQUE AGOSTINI OQUENDO, HILDA AGOSTINI OQUENDO, BELKIS MITEYA FLORES AGOSTINI, FREDDY CONRRADO FLORES AGOSTINI, SILVIA IDALIA FLORES DE MUGARRA y LOURDES JOSEFINA AGOSTINI OQUENDO, contra la sentencia dictada el 18 de febrero del 2016, por el Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas por la representación judicial de la pa.....