Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 23 de mayo de 2022, por la parte actora ciudadano EDGAR ALBERTO PRADA DIAZ, debidamente asistido por el abogado en ejercicio, CARLOS DIAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 98.534, contra el auto dictado el 18 de mayo de 2022, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: INADMISIBLE la prueba promovida por la parte actora en el punto "1. DE LA PRUEBA INSTRUMENTAL", en su escrito de fecha 09 de mayo de 2022, correspondiente a prueba documental de informes médicos como señalados en su escrito de promoción de pruebas con la .....