Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos PIER LUIGI MELASECCA ROTOLO y SARA HAILEE FEBRES CASANOVA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.634.964 y V-5.538.462, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 12 de septiembre de 2003, por ante el Registro Civil de Venecia, Italia, según se evidencia de la Inserción de acta de matrimonio registrada en Venezuela por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 05 de mayo de 2004, anotada bajo el Nro. 03, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.....