III
Por fuerza de los anteriores razonamientos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL), incoara INGRID RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V.-6.810.301, contra ROSA TROCONIS FLORES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V.-4.089.032, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 38.440, en consecuencia: se ordena a la parte demandada la inmediata entrega del bien dado en arrendamiento a la parte accionante, así como el pago por concepto de daños y perjuicios fundamentados en la cláusula penal establecida en la clausula octava del contrato de ar.....