Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, intentada por los ciudadanos BILLIE CAROLINA FREITES y MANUEL ROJAS PÉREZ, ampliamente identificados en autos, fundamentada en los artículos 185, 188 y 189 del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por DIVORCIO, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha en fecha 12/11/2005, ante la Dirección del Registro Civil del Municipio Baruta, Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 107, expedida por la misma autoridad.
Notifíquese a la autoridad antes mencionada, así como al Registrador Principal del Distrito Capital.
Por cuanto no procrearon hijos ni obtuvieron bienes durante la unión matrimonial, el Tribunal nada tiene que decidir al respecto.