Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, incoara la ciudadana MARIA DEL CARMEN LAREU PENA, contra los ciudadanos MARJORIE BLANCO COBOS y GUILLERMO RODRÍGUEZ IGLESIAS, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo. En consecuencia, se condena a la parte demandada, ciudadanos MARJORIE BLANCO COBOS y GUILLERMO RODRÍGUEZ IGLESIAS, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-11.936.806 y E-84.399.001, respectivamente, a: 1) Que desalojen y hagan entrega, libre de bienes y personas, a la parte actora, el inmueble arrendado identificado en autos constituido por el apartamento, destinado a vivienda, distinguido con el No. 5-B, ubicado en el piso 5 del Edificio denominado "PLAZA MEDITARRANE", situado en la Avenida L.....