Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se abstiene de dar por consumado el desistimiento, formulado en fecha 22 de enero de 2013, por la representación judicial de la parte actora, ciudadano DANNY FRANCISCO PERDOMO CARO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 178.111, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, intentó los ciudadanos EFRAIN JOSÉ GERARDO FORTIQUE SANTI y ELA MARIA RAMOS BLANCO, contra los ciudadanos VICTOR MANUEL CHACON y LUZ JUDITH JAUREGUI DE CHACON, ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo.
Dada la especial naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción J.....