Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ROSA ESTILITA CEDEÑO BERROETA y ROBERTO ARAUJO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.139.738 y V-3.904.455, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 12 de abril de 1976, por ante la Primera Autoridad de la Parroquia Caricuao, Departamento Libertador del Distrito Federal, ahora Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, según se evidencia de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 8, del Libro de Registros Civil de Matrimonios del año 1976, llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisió.....