En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio solicitada por los ciudadanos HILDA MIREYA PIÑANGO de CARRILLO y JOSÉ RAMON CARRILLO MAITA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-6.438.029 y V-5.965.439, respectivamente, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído el cuatro (04) de agosto de 1983, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Valle, Municipio Libertador del distrito Capital.