En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges los ciudadanos ROGER SALOMON MORALES VELIZ y ROSAURA MARTINA FARIÑEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de identidad Nros. V-14.742.842 y V-6.721.383, respectivamente, decretada el siete (07) de enero de 2010, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha dieciocho (18) de abril de 2008, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio Nº 03, folio 3 del año 2008. Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.