En fuerza de las anteriores consideraciones, este tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar la demanda que ha presentado GMAC de Venezuela contra Luís Jacinto Torrealba Charmelo, ambas partes arriba identificadas. En consecuencia condena a este último a que le pague al primero:
I) la cantidad de cuarenta y tres mil setecientos cincuenta bolívares fuertes con 82 céntimos (Bs.f.43.750, 82), que representa los siguientes conceptos:
• Bs.36.360, oo, por capital del préstamo objeto de cobro en este juicio.
• Bs.6.540, 74, por intereses ordinarios calculados desde el 13-02-2009 al 23-10-2009.
• Bs.849,11, por intereses moratorios, causados desde el 14-02-2009 hasta el 23-10-2009, siendo importante resaltar que las mismas son el resultado de aplicar las tasas variables, de acuerdo a los parámetros establecidos por el Banco Central de Venezuela, adicionales la penalidad moratoria del 3% anual, de conformidad con el documento m.....