En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges ciudadanos CECILIA ISABEL MONTENEGRO CUEVA y CARLOS JOSÉ PÉREZ MALAVE, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.587.130 y V-16.669.492 respectivamente, decretada el 06 de octubre de 2010, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha diecisiete (17) de marzo del 2008, ante el JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNCRPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, según consta de Acta de Matrimonio Nº 17, Año 2008. Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.