En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con lugar la demanda que presentó Bienes Inmuebles Grifadam c.a, contra los ciudadanos Manuel Angel Mansilla y Mirta Miryam Casanova de mansilla, arriba identificados. En consecuencia adopta las siguientes resoluciones:
1. Declara extinguido, por vencimiento de la prórroga legal, el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes sobre el apartamento identificado en la primera parte de este fallo, el cual se da aquí por reproducido su ubicación.
2. En consecuencia, se condena a las partes demandadas, como arrendatarias del mismo que procedan a entregárselo a la parte actora, libre de bienes y personas.
3. Hay condena en costas por razón del vencimiento.