En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio solicitada por los ciudadanos MARIA EUSTAQUIA ROMERO DE OROPEZA y OSCAR JOSE OROPEZA VASQUEZ venezolanos mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V- 6.122.273 y V-6.361.932, respectivamente. En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído el veintidós (22) de abril de 1988 ante la Primera Autoridad Civil de La Parroquia La Vega Municipio Libertador del Distrito Capital. inserta bajo el N° 106.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.