En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges los ciudadanos YIQUE ALEXANDER GARCIA VARGAS y ZULY COROMOTO MOSQUERA ROA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.339.229 y V-11.558.516, respectivamente, decretada el cuatro (04) de mayo de 2010, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha veintidós (22) de marzo de 2007, ante el Jefe de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 64, folio N° 64, Tomo N° 1. Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano