En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA que interpuso REPESA,C.A contra SUPER TELAS S.R.L, ambas partes arriba identificadas.
Hay condena en costas en virtud del vencimiento, de acuerdo con el art. 274 CPC.