Con fundamento en las precedentes consideraciones este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, interpuso la sociedad mercantil GMAC DE VENEZUELA C.A., contra el ciudadano EFREN JOSÉ MELENDEZ MUJICA; en consecuencia queda resuelto el contrato, suscrito el 10 de agosto de 2007, entre dicho ciudadano y la Empresa SÚPER AUTOS CARACABOBO, en cuyos derechos y acciones se subrogó la parte actora. A tales efectos, se condena a la parte demandada a Entregar a la parte actora, el siguiente bien: MARCA CHEVROLET, MODELO CAPTIVA 3.2 L AWD T/A, AÑO 2007, COLOR MARRÓN, SERIAL DEL MOTOR 10HMCH071010367, SERIAL DE CARROCERIA KL1DC63G37B118327, PLACA AGR83W, TIPO SPORT WAGON, USO PARTICULAR.
Se declara que las cantidades de dinero entregadas a la parte actora con .....