En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges ciudadanos JONATHAN JOSE HIDALGO ANTEQUERA y ARELYS DEL CARMEN RAMIREZ CAMPOS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad nros. V.-16.705.365 y V.-17.966.705 respectivamente, decretada el 17 de julio de 2012, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 22 de diciembre de 2009, ante el Registro Civil de la Parroquia Mariches, Municipio Sucre, Estado Miranda, según consta en Acta N°. 72, correspondiente al año 2009; Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.