En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio incoada por los Ciudadanos LUCIA DEL VALLE LAREZ SALAS y DOMINGO ALBERTO FERNANDEZ RAMOS, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad números V.- 10.877.391 y V.- 6.514.190 respectivamente, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados Ciudadanos, contraído el día 28 de Marzo de 1987, ante el Municipio Benítez del Estado Sucre, según consta en Acta N° 25, expedida por la referida Autoridad Civil.
Regístrese, Publíquese y Déjese Copia.