Por las razones anteriores, este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpone INMOBILIARIA "ARAUCA" C.A., contra la ciudadana MARIA FATIMA BARANDAS VIEIRA, ambos identificados en el encabezamiento del presente fallo, en consecuencia: se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS TRECE BOLIVARES CON NOVENTA y DOS CENTIMOS (25.413,92 Bs.), correspondiente a los meses de marzo (1.526,56); abril (1526,56); mayo (1.526,56); junio (2.963,52); julio (2.963,52); agosto (2.963,52); septiembre (2.963,52); octubre (2.963,52); noviembre (2.963,52); diciembre (2.963,52 de 2012 y enero (2.963,52) del 2013, y los que se sigan causando a razón de Dos mil Novecientos Sesenta y Tres bolívar.....