En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara incompetente por la cuantía para conocer el presente caso; ya que el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, es el competente; a quien se deberá remitir el expediente. Así se declara.