En fuerza de los razonamientos y de las consideraciones expuestas, este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Desalojo incoada por la Ciudadana ELIZABETH M. VENTURA R, en contra de la Ciudadana ELISA MARIA VENTURA.
SEGUNDO: Se declara extinguido o resuelto el contrato verbal de arrendamiento objeto del presente juicio sobre el inmueble que se identifica así: un apartamento distinguido con el N° 8-1, ubicado en el piso 8, que forma parte del edificio N° 16 (C.T.V.), situado en la Avenida Intercomunal del Valle, parroquia el Valle, Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital. En consecuencia, se ordena a la parte demandada a desalojar y entregar dicho inmueble a la parte actora libre de bienes y personas.
TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas del presente proceso por hab.....