En virtud de la incomparecencia de la parte demandante a la celebración de la audiencia de juicio en la presente causa, es forzoso para este Juzgado aplicar los efectos previstos en el articulo 117 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, y a tal efecto se entiende desistida la acción incoada por los ciudadanos SANTIAGO FELIPE PIETRINI SILVA, GISELA COROMOTO PIETRINI BLOHM, MARISOL PIETRINI DE SALAYA, VICTOR MANUEL RAFAEL PIETRINI BLOHM, OLGA BEATRIZ CARMEN PIETRINI BLOHM y NELSON LUÍS PIETRINI BLOHM contra los ciudadanos TITO ENRIQUE GUDIÑO MENDEZ y ROSARIO CAROLINA PATRANA BAUTE. Es todo