REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Municipio
De la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: AP31-V-2006-000227
Vista la solicitud (18-07-06) de los apoderados de la parte actora de que se corrija el auto de admisión, a fín de incluir en él el señalamiento de que el acto de contestación se realice en una hora determinada del segundo día siguiente a la citación, y no como lo ordena el art. 883 CPC de que la contestación se realice durante todas las horas de despacho del segundo día, este Tribunal, con el fín de evitar reposiciones inútiles, anula el auto dictado y ordena que se repita con la inserción señalada.
Pero quisiéramos señalar que el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial viene haciendo una interpretación errada de la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justi.....