En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges ciudadanos ERICA DINORA CARRILLO DUQUE y ROBERTO EUGENIO ALAMANOS MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.802.428 y V-18.366.387, respectivamente, decretada el 09/11/2010, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 12/04/2010, ante LA PIMERA AUTORIDAD CIVIL DE LA PARROQUIA EL CAFETAL DEL MUNICIPIO BARUTA, ESTADO MIRANDA, según consta de Acta de Matrimonio Nº 57. Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.
Publíquese, Regístrese.