En fuerza de las anteriores consideraciones, este tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara parcialmente con lugar la demanda que han presentado Gisela Coromoto Velazco y Mercedes Maria Milian contra Patricia Elena Raffo Koscina, ambas partes arriba identificadas.
En consecuencia, condena a la parte demandada a que le pague a las partes actoras la cantidad de Ochenta y dos mil bolívares (Bs.82.000, oo); salvo que a través de la retasa dicho monto se rebaje, debiéndose en ese caso tomar en cuenta en ese caso, la suma de Ocho mil bolívares que ya fue adelantada en concepto de honorarios.
Una vez firme la presente sentencia, las partes deberán concurrir al tribunal a las diez de la mañana del quinto día, a nombrar a sus jueces retasadores.