En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara in lugar la demanda que presentó Centro Automotriz Volgan C.A. contra el ciudadano Antonio Ramón Parra Pérez Parra, ambas partes arriba identificadas. Hay condena en cosas por razón del vencimiento.