En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE LAS CUESTIONES PREVIAS OPUESTAS,
En consecuencia debe la parte actora proceder a subsanar las indeterminaciones en que ha incurrido en su pedimentos segundo y terceros del libelo, aclarando los conceptos y las semanas que integran los montos 1.324,oo y 580 respectivamente.