En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges ciudadanos JIMMY TROCONIS y JESSICCA ALESKA BAEZ MOTTA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.432.676 y V-16.970.669, respectivamente, decretada el día 21 de mayo de 2010, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 31 de enero de 2007, ante el REGISTRADOR CIVIL MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA DE SUCRE, ESTADO MIRANDA, según consta de Acta de Matrimonio Nº 28, Tomo 1, del año 2007. Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.