PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgador le imparte su HOMOLOGACIÓN a la referida transacción en los mismos términos que quedaron allí expuestos, en el juicio que por DESALOJO sigue el ciudadano DOMINGO GARCES MORALES, en contra de la ciudadana HAYDEE ZORAIDA FLORES DE BURMIA, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo.
SEGUNDO: Se hace constar que las partes otorgan un lapso de dos (2) meses previstos para la entrega del inmueble, a partir de la fecha de la presente homologación.
TERCERO: Expídase por secretaría dos (2) juegos de copias certificadas de la transacción realizada por ambas partes, así como de la presente homologación, una vez que conste en autos las copias simples a certificar.-
Regístrese y Publíquese la anterior decisión, de conformidad con lo previsto en el Artículo 247 del Código de Procedimiento Civil
Déjese copia certificada de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 248.....