Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos CATERINA MARIA TINNIRELLO GUARINO y JIM LARRY FERRER COFFI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.758.429 y V-10.816.633 respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 16 de octubre de 2003, por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 130 del año 2003, del Libro de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades corres.....