Analizadas las pruebas presentadas por el solicitante este Juzgador considera suficiente para determinar lo alegado en autos; En consecuencia, este Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Matrimonio inserta en el libro de Matrimonio, llevado por el Juzgado Décimo de Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Acta de Matrimonio Nº 29 año 1993. Teniendo que de los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse cometido la trascripción errónea en el Acta de Matrimonio en cuanto al nombre y fecha de nacimiento de los solicitantes. En consecuencia, donde dice ""ERIKA ESTHER PÈREZ DOMINGUEZ", debe decir "ERICA ESTHER PÈREZ DOMINGUEZ", así mismo, donde dice "veinte y nueve de Noviembre de mil novecientos setenta y uno", siendo lo correcto "veinte y dos de Noviembre de mil nov.....