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Decisiones del dia 20/11/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Octavo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 8527 N° Sentencia : Fecha: 20/11/2006
Procedimiento:
Resolución De Contrato De Arrendamiento
Partes:
EMMA ROSA MENDOZA DE BORRERO VS. XIMENA ELIANA LEIVA LONGE
Resumen:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue la ciudadana EMMA ROSA MENDOZA DE BORRERO contra XIMENA ELIANA LEIVA LONGE ambas partes identificadas en autos. SEGUNDO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 15 de octubre de 2002, y como consecuencia de ello se condena a la demandada a entregar a la actora libre de bienes y personas el apartamento distinguido con el N°182-B, ubicado en el Piso (18), torre "B", Residencias Mirador, entre las Esquinas de Avilanes a Mirador, en Jurisdicción de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital. TERCERO: Se condena a la demandada al pago de las costas, por haber sido vencida en la presente litis, de conformidad con lo previsto en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
Luis Alberto Petit
Organo:
Juzgado Octavo de Municipio
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N° Expediente : 8578 N° Sentencia : Fecha: 20/11/2006
Procedimiento:
Resolución De Contrato De Arrendamiento
Partes:
ISMAEL SAMPAYO MONTERO VS. ZULEIKA C. ALVARADO
Resumen:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue el ciudadano ISMAEL SAMPAYO contra ZULEIKA C., ALVARADO ambas partes identificadas en autos. Como consecuencia de lo anterior, se declara resuelto el contrato de arrendamiento autenticado del 20 de abril de 2001. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la reconvención interpuesta por ZULEIKA C., ALVARADO contra ISMAEL SAMPAYO ambas partes identificadas en autos. Como consecuencia de lo anterior, el actor deberá pagar o devolver a la arrendataria las sumas que cobró en exceso por cánones de arrendamiento desde noviembre de 2002 cuando estaba convenido (según pruebas) en la suma de Bs.180.000,oo. Por ello, la actora deberá reintegrar los montos superiores a esta última suma desde noviembre de 2002 hasta la fecha en que se efectuó la última consignación. A objeto de la determinación de las cantidades a pagar, efectúese Experticia Complementaria del Fallo de conformidad con las previsiones del artículo 2.....
Juez/Ponente:
Luis Alberto Petit
Organo:
Juzgado Octavo de Municipio
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