PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO sigue el ciudadano ABSALON MARIO QUIROZ contra el ciudadano LUIS CERON MUÑOZ, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO:. Se condena al demandado hacer la entrega material al actor del inmueble objeto del presente juicio, identificado como unas bienhechurias, ubicadas en la calle principal de Brisas de Turumo, adyacente a la Urbanización Turumo, frente al Callejón La Laguna No. 3, Municipio Sucre del Estado Miranda, libre de bienes y personas.
TERCERA: Se condena al pago de Bolívares DOS MIL SETECIENTOS (Bs.2.700,oo) por concepto de cánones de arrendamiento insolutos correspondientes a los meses de Noviembre de 2005 hasta Enero de 2.008, más los que se sigan venciendo hasta la entrega definitiva del inmueble; a razón de Bs.100,oo cada uno.
CUARTO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas, por haber sido vencido en la litis, de conformidad con lo previsto en el Artículo 274 del Código de Procedimiento.....