Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES intentó la sociedad mercantil BANESCO BANCO, UNIVERSAL C.A., contra los ciudadanos HENRY DOUGLAS BARRIOS VIERA y GABRIELA ANILEE BARRIOS VIERA. Así se decide.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada ciudadanos HENRY DOUGLAS BARRIOS VIERA y GABRIELA ANILEE BARRIOS VIERA a pagar a la parte actora la cantidad VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 29.332,32) suma que ya incluyen: a) el monto por concepto de capital por Bs.15.048,11; b) los intereses compensatorios desde el 23 de febrero de 2007 al 30 de agosto de 2010, por Bs.12.748,05; c) los intereses moratorios desde el 23 de marzo de 2007 al 30 de julio de 2010, por Bs.1.536,16.
TERCERO.....