En consecuencia, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la cuestión previa a que se refiere el ordinal 10° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por los apoderados judiciales de la parte demandada, DESECHADA la demanda la demanda que por IMPUGNACIÓN DE ASAMBLEA incoara NOEL ENRIQUE MONTAÑEZ URIBE, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LORCA, C.A. en contra de la ADMINISTRADORA DE CONDOMINIOS CONDAMERICA, C.A., en la persona de su Director Gerente, ciudadano CARLOS CESAR COLMENARES MALDONADO, y consecuencialmente EXTINGUIDO el proceso.
Se condena en costas a la parte actora por haber resultado vencida en el presente juicio.
Déjese una copia certificada en el copiador de sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Po.....