Con fundamento a los artículos antes mencionados y cumplidos los extremos exigidos por la ley, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA en todas y cada una se sus partes la presente Transacción y en consecuencia se tendrá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada en los mismos términos expuestos.
Con relación a la expedición de copias certificadas solicitadas, este Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia expídase por Secretaría la copia certificada solicitada con la inserción de la diligencia anterior y del presente auto, conforme a lo establecido en el artículo 112 del código de Procedimiento Civil. Asimismo el Tribunal insta a la parte interesada consignar los respectivos fotostátos a los fines de su certificación