y por cuanto la parte actora estimo la demanda en la cantidad de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 5.825.196,00), suma que excede la cuantía, en virtud de la Resolución No. 619, de fecha 30 de Enero 1.996, publicada en la Gaceta Oficial No. 35.890, emanada del hoy extinto Consejo de la Judicatura que deben conocer los Juzgados de Municipio, en concordancia con la circular emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, donde ratifica la cuantía de los mismos, salvo los juicios orales, quien aquí decide declara EL CONFLICTO DE COMPETENCIA, de conformidad con el articulo 70 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia y por todo lo anteriormente narrado, este JUZGADO VIGESIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, declara el CONFLICTO DE COMPETENCIA, y en consecuencia remite el presente expediente al JUZGADO DISTRIBUIDOR SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUD.....