Por los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que considera esta juzgadora que lo mas procedente y ajustado a derecho, es DECLARAR CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACION) sigue el ciudadano DANIEL SOLANGEL LOPEZ SANABRIA contra los ciudadanos KATIUSKA MARTINEZ MARTINEZ y JUAN CARLOS REYES MARQUEZ, en su carácter de librada aceptante y deudora principal de la letra de cambio, la primera de los nombrados y el segundo de los nombrados en su carácter de fiador de la letra de cambio, partes ampliamente identificada en este fallo.
En consecuencia, este JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) sigue el ciudadano DANIEL SOLANGEL LOPEZ SANABRIA contra los ciudadanos KATIUSKA MARTINEZ MARTINEZ y JUAN CARLOS REYES MARQUEZ, en su cará.....