Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR, la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue el ciudadano DANIEL LOPEZ PEITIADO contra el ciudadano ARNOLDO RAFAEL GALINDO RICO, (ambas partes plenamente identificadas en autos), y se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Se declara Resuelto el Contrato Verbal de Hospedaje y en consecuencia debe entregar, sin plazo, la habitación Nro. 20, que viene ocupando en su carácter de Pensionista del Hospedaje cuya explotación comercial se realiza en la quinta "Isaura", Nro. 19, ubicado en la Avenida Maturín, Urbanización "Los Cedros", Jurisdicción de la Parroquia El Recreo, de esta ciudad de Caracas, cuya denominación es "Hospedaje Residencial Los Cedros", completamente libre de bienes y personas y en el mismo buen estado y uso en que la re.....