Con fundamento a los artículos antes mencionados y cumplidos los extremos exigidos por la ley, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA en todas y cada una se sus partes la presente transacción y en consecuencia se tendrá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada en los mismos términos expuestos.
Con respecto a las copias certificadas de la transacción y de la presente homologación, se acuerda de conformidad. En consecuencia, expídase por Secretaria las copias certificadas solicitadas con la inserción del presente auto, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.