Por todo el razonamiento anteriormente expuesto, este Tribunal Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR, la demanda que por PRESCRIPCION DE HIPOTECA, intentara JOSE ANDRES HERNANDEZ ARMAS, contra el ciudadano ENZO BASCHEROTTO GAVAZZONI, partes suficientemente identificadas en autos.
En consecuencia se DECLARA la PRESCRIPCION DE LA HIPOTECA DE SEGUNDO GRADO y por lo tanto EXTINGUIDA, la cual constituyo el ciudadano JOSE ANDRES HERNANDEZ ARMAS, a favor del ciudadano ENZO BASCHEROTTO GAVAZZAONI, sobre un, apartamento identificado como: "Nro. 81 del Piso 8, el estacionamiento cubierto signado con el Nro. 81 y el maletero identificado con el Nro. 81, todo del Edificio "ENZO PARK", el cual esta ubicado en la sección primera de la Trinidad, en Jurisdicción del Municipio Baruta, Distrito Sucre del Estado Miranda, distinguida la parcela de terreno que for.....