DISPOSITIVA
En consecuencia por todo lo anteriormente expuesto y probado en autos queda demostrado el incumplimiento de la obligación por una de las partes, esta sentenciadora considera que lo procedente y ajustado a derecho, es declarar como en efecto declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO siguen los ciudadanos JOSE MARIA RODRIGUEZ y AGUEDA ACOSTA DE RODRIGUEZ, contra el ciudadano ORLANDO AUGUSTO HERNANDEZ SAMBRANO, partes suficientemente identificadas en autos y en consecuencia se ordena lo siguiente:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado en fecha 01 de Enero de 2.005, entre los ciudadanos JOSE MARIA RODRIGUEZ y AGUEDA ACOSTA DE RODRIGUEZ y el ciudadano ORLANDO AUGUSTO HERNANDEZ SAMBRANO, partes ampliamente identificadas en este fallo. En consecuencia de la declaratoria de la resolución del contrato, se ordena al demandado, la entrega del inmueble arrendado, constituido por apartamento ubicado en el Edificio MONTE.....